Regulaciones y directrices para la determinación del canon de arrendamiento en Colombia

Determinación del canon de arrendamiento

La determinación del canon de arrendamiento, la fijación del mismo, el reajuste y la falta de pago como motivo de terminación del contrato son aspectos regulados por la Ley 823 de 2003 en Colombia. Esta ley establece directrices específicas que los arrendadores deben seguir al establecer el valor del canon de arrendamiento, los incrementos y las modalidades de pago. A continuación, se analizan estas directrices.

Contrato de arrendamiento de vivienda urbana

El contrato de arrendamiento de vivienda urbana implica el compromiso mutuo de dos partes para cumplir con ciertas obligaciones. Entre estas obligaciones se encuentra la determinación, por parte del arrendador, del valor del canon de arrendamiento de acuerdo con lo estipulado en la ley, y, por parte del arrendatario, el pago puntual de dicho canon en la cantidad acordada y en la fecha convenida.

Normativas sobre el canon de arrendamiento

La Ley 823 de 2003 establece que el canon de arrendamiento mensual no puede exceder el 1 % del valor comercial del inmueble o de la parte arrendada. Además, el valor del canon puede ser fijado en cualquier moneda extranjera, pero debe ser pagado en moneda legal colombiana al tipo de cambio vigente en la fecha de la obligación, a menos que se acuerde lo contrario.

Reajuste del canon de arrendamiento

En cuanto al reajuste del canon de arrendamiento, una vez transcurrido un año desde la firma del contrato con el mismo precio, el arrendador puede aumentar el canon en base al índice de precios al consumidor del año anterior. Para llevar a cabo este incremento, el arrendador debe notificar al arrendatario el monto y la fecha de efectividad del mismo. En caso de falta de notificación, el arrendatario no está obligado a pagar el aumento, pero si lo hace, no podrá reclamar un reembolso posterior.

Falta de pago del canon de arrendamiento

La falta de pago del canon de arrendamiento es motivo de terminación del contrato de arrendamiento. En este caso, el arrendatario debe entregar el inmueble y compensar al arrendador con el pago de tres meses de cánones de arrendamiento. Miguel Ángel Pantoja, abogado especializado en derecho comercial, ofrece orientación sobre este tema en el siguiente video.

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