Responsabilidades laborales y tributarias para empresarios en el año 2024: Una guía detallada

Aumento en el sueldo mínimo y en el subsidio de transporte

Abono de prestaciones sociales

Pago de intereses sobre prestaciones sociales

Reducción de la jornada laboral máxima

Abono de prima de servicios

Entrega de uniformes

Documento de ingresos y retenciones

Sistema de salud y seguridad en el trabajo –SG-SST–

Informes al Servicio Nacional de Aprendizaje –Sena–

Pago de intereses sobre prestaciones sociales

Impuesto sobre los ingresos

Pago de intereses sobre prestaciones sociales

Impuestos sobre ganancias ocasionales

Dividendos o cuotas de participación

Impuesto a la propiedad

Presencia económica significativa –PES–

Otras responsabilidades tributarias:

Sobre las ponentes
Es vital tener en cuenta las responsabilidades tributarias y laborales para cumplir con las obligaciones legales correspondientes.
El cumplimiento de estas tareas es esencial no solo para evitar penalizaciones, sino también para contribuir al progreso del país.
En este evento, Carla Sanabria y Laura Mateus detallan una serie de deberes laborales y tributarios que los empresarios deben considerar durante el año 2024. A continuación, los puntos clave:

Dentro de las obligaciones laborales se incluyen:

  • Aumento en el sueldo mínimo y en el subsidio de transporte

El Decreto 2292 de 2023 ha fijado el salario mínimo mensual legal vigente (smmlv) para el 2024 en 1.300.000 pesos.

Por otro lado, el Decreto 2293 de 2023 ha establecido en 162.000 pesos el subsidio de transporte para el 2024, el cual corresponde a los trabajadores que ganan hasta 2 smmlv. Todos los empleadores deben actualizar el salario mínimo y el subsidio de transporte de sus empleados a partir del 1 de enero de 2024 para cumplir con la normativa vigente.

  • Abono de prestaciones sociales

Las prestaciones sociales incluyen el pago de un mes de salario por cada año trabajado, y proporcionalmente por fracción de año, según lo establecido en el artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo. Estas deben liquidarse anualmente el 31 de diciembre y consignarse a más tardar el 14 de febrero del año siguiente en el fondo de prestaciones seleccionado por cada trabajador.

  • Pago de intereses sobre prestaciones sociales

Los intereses sobre prestaciones sociales deben pagarse directamente al trabajador y su monto depende del tiempo laborado en el año. Si las prestaciones se generaron entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, deben pagarse a más tardar el 31 de enero de 2024.

  • Reducción de la jornada laboral máxima

La Ley 2101 de 2021 ha reducido la jornada laboral en Colombia, permitiendo pasar de 48 a 42 horas de forma inmediata o gradual, disminuyendo 1 hora anualmente hasta llegar a 42 horas en 2026. Esta ley entró en vigor el 15 de julio de 2023. Los empleadores deben actualizar el reglamento interno de trabajo para cumplir con esta normativa. En caso de haber optado por la reducción gradual, la segunda reducción de 1 hora (de 47 a 46 horas) debe realizarse a más tardar el 16 de julio de 2024.

  • Abono de prima de servicios

La prima de servicios equivale a 30 días de salario por año trabajado, según el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo. Se paga en dos cuotas, la primera antes del 30 de junio y la segunda antes del 20 de diciembre.

  • Entrega de uniformes

Según el artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo, los empleadores deben proporcionar de forma gratuita un par de zapatos y un vestido de trabajo cada 4 meses, es decir, 3 veces al año, a los trabajadores. Estas prendas no se consideran parte del salario y deben entregarse el 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre.

  • Documento de ingresos y retenciones

Los empleadores deben expedir anualmente a los empleados un certificado de ingresos y retenciones correspondiente al año anterior, según lo establecido en el artículo 378 del Estatuto Tributario. Este documento debe entregarse a más tardar el 31 de marzo de cada año.

  • Sistema de salud y seguridad en el trabajo –SG-SST–

Este sistema obligatorio busca prevenir, controlar y mitigar los riesgos laborales que puedan afectar la salud y seguridad en el trabajo. Todos los empleadores deben implementarlo y cumplir con los estándares mínimos establecidos en la Resolución 312 de 2019, así como presentar el informe anual de autoevaluación de estándares mínimos y el plan de mejora del sistema de salud y seguridad en el trabajo. Esto se realiza a través del sistema general de riesgos laborales, habilitado del 01 de febrero al 29 de marzo de 2024.

  • Informes al Sena

Las empresas con 15 o más empleados deben contratar aprendices, según lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 789 de 2002. Deben contar con 1 aprendiz por cada 20 trabajadores. En caso de variaciones en el número de empleados que afecten la cuota mínima establecida, se deben informar a la regional del Sena del domicilio principal de la empresa, según lo indica el Decreto 1334 de 2018.

  • Pago de intereses sobre prestaciones sociales

Los intereses sobre prestaciones sociales deben pagarse directamente al trabajador y su monto depende del tiempo laborado en el año. Si las prestaciones se generaron entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, deben pagarse a más tardar el 31 de enero de 2024.

En cuanto a las obligaciones tributarias, se incluyen:

  • Impuesto sobre los ingresos

La tarifa general del impuesto sobre los ingresos para el 2024 será del 35 %. Se aplican tarifas diferenciales para diferentes sectores, como empresas industriales y comerciales del Estado, usuarios de zonas francas, empresas editoriales, entidades de servicios hoteleros, entre otros. También se deben considerar las sobretasas y el descuento de ICA.

  • Pago de intereses sobre prestaciones sociales

Los intereses sobre prestaciones sociales deben pagarse directamente al trabajador y su monto depende del tiempo laborado en el año. Si las prestaciones se generaron entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, deben pagarse a más tardar el 31 de enero de 2024.

  • Impuestos sobre ganancias ocasionales

La tarifa del impuesto para personas jurídicas nacionales y extranjeras para el 2024 será del 15 %. Aquí los detalles:

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  • Dividendos o cuotas de participación

Retención del 20 %: dividendos recibidos por sociedades y entidades extranjeras sin domicilio principal en el país (artículo 245 del Estatuto Tributario).

Retención del 10 %: dividendos provenientes de utilidades no gravadas recibidas por sociedades nacionales (artículo 242-1 del Estatuto Tributario).

Cuando los dividendos o cuotas de participación correspondan a utilidades gravadas, estarán sujetos a las tarifas del impuesto sobre los ingresos de personas jurídicas del artículo 240 del Estatuto Tributario.

  • Impuesto a la propiedad

Se aplica a aquellos con un patrimonio líquido igual o superior a 72.000 UVT. Deben pagarlo las personas jurídicas extranjeras que no declaren renta y posean bienes en Colombia, excluyendo acciones, cuentas por cobrar o inversiones de portafolio.

  • Presencia económica significativa –PES–

La PES se aplica a personas y entidades no residentes o domiciliadas en el país que comercializan bienes y servicios desde el extranjero y cumplen ciertas condiciones (artículo 20-3 del Estatuto Tributario). Al adquirir la calidad de PES, deben declarar y pagar impuestos sobre los ingresos generados en Colombia. También pueden optar por:

Otras responsabilidades tributarias:

  • Impuestos bajo el régimen simple de tributación.
  • Informe de información exógena.

Sobre las ponentes
Carla Juliana Sanabria

Es Abogada, especialista en Derecho Comercial y en Derecho Minero Energético y Cumplimiento Normativo. Directora Jurídica en Affirma Legal. Con casi 20 años de experiencia, ha asesorado a empresas locales y extranjeras en asuntos corporativos. Su enfoque abarca temas como derecho comercial, laboral, migratorio, inversiones, bienes raíces, cumplimiento normativo, entre otros.

Laura Mateus

Es Abogada especializada en derecho tributario con amplia experiencia en firmas de abogados, entidades públicas y privadas. Su enfoque principal es el derecho tributario, donde ha adquirido un profundo conocimiento de las regulaciones fiscales colombianas.

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