Proceso de liquidación y establecimiento de tarifas en Sayco & Acinpro para negocios: ¿Cómo funciona?

¿Cuál es el procedimiento que debe seguir un negocio?

Proceso de liquidación de Sayco & Acinpro

¿Cómo se establecen las tarifas?

Cuando un establecimiento desea utilizar públicamente obras musicales o audiovisuales como parte de su actividad comercial, debe dirigirse a Sayco & Acinpro. Esta organización llevará a cabo un análisis y determinará junto al usuario cuál será la tarifa anual para el pago de los derechos de autor y conexos.

La Organización Sayco & Acinpro –OSA– es una entidad legalmente reconocida y autorizada por la Dirección Nacional de Derecho de Autor, cuya misión es recaudar las compensaciones derivadas de la autorización de comunicación de obras musicales y producciones audiovisuales, así como del almacenamiento de fonogramas.

Las entidades beneficiarias de estos fondos son:

  • Sayco: Sociedad de autores y compositores de Colombia.
  • Acinpro: Asociación colombiana de intérpretes productores fonográficos.
  • Apdif: Asociación para la protección de los derechos intelectuales sobre fonogramas y videogramas.
  • Mplc: Corporación de licencias de películas en movimiento.

Si un establecimiento desea utilizar la comunicación pública de obras como parte de su actividad, puede acudir a Sayco & Acinpro, quienes llevarán a cabo un análisis y determinarán junto al usuario la tarifa anual para el pago de derechos de autor y conexos.

Una vez realizado el pago, se emitirá un paz y salvo que autorizará la comunicación pública del catálogo de obras musicales representadas por esta entidad. Posteriormente, los fondos recaudados se distribuyen entre los autores, intérpretes y productores representados por Sayco, Acinpro, Apdif y Mplc.

Proceso de liquidación de Sayco & Acinpro

El interesado deberá solicitar la liquidación a OSA, completando un formulario que solo es válido para los establecimientos que ya estén registrados en la entidad o hayan realizado pagos previos.

Los datos que deben incluirse en el formulario son:

  • Nombres.
  • Apellidos.
  • Número de identificación.
  • Nombre del establecimiento.
  • Departamento.
  • Ciudad.
  • Dirección.
  • NIT.
  • Teléfono de contacto.
  • Correo electrónico (para recibir la liquidación).

Para los nuevos usuarios que deseen registrar sus establecimientos, deben completar el formulario disponible en el siguiente enlace.

¿Cómo se establecen las tarifas?

Existen criterios legales que se consideran al determinar la tarifa de cobro. Se debe fijar una tarifa en función de los beneficios que el uso de la obra aporta al usuario, los ingresos generados por el usuario, la categoría del usuario, la capacidad tecnológica, el aforo del establecimiento, la modalidad e intensidad de uso, entre otros.

Estos factores permiten establecer una tarifa personalizada para cada negocio, tomando en cuenta sus características específicas para diferenciar el valor de la autorización.

Ubicación: indica la ubicación geográfica del negocio, considerando las divisiones locales para las ciudades capitales y la ubicación para los municipios.

Categoría: importancia del uso de la obra musical según la actividad del establecimiento.

Valor base de liquidación: resultado de aplicar la categoría y ubicación del negocio.

Capacidad: tamaño del establecimiento en función de su capacidad para recibir clientes, que puede medirse por el aforo, los metros cuadrados construidos para atención al público, el número de locales comerciales, entre otros.

Estrato o nivel socioeconómico: integración de las diversas características de los negocios, con un porcentaje diferenciador según el estrato en el que se encuentren.

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