Los conductores de autobuses y minibuses de transporte urbano e intermunicipal
Es fundamental que los conductores estén bajo un contrato laboral con la empresa de transporte, evitando así contrataciones a través de cooperativas u otros medios.
Responsabilidad de la empresa de transporte
En el caso de que el conductor sea también el propietario del vehículo, la empresa de transporte sigue siendo responsable de su contratación y afiliación a la seguridad social como empleado, no como trabajador independiente.
Leyes aplicables
Las leyes 15 de 1959 y 336 de 1996 establecen claramente la responsabilidad solidaria entre la empresa de transporte y el propietario del vehículo en caso de incumplimiento en temas como seguridad social, salarios y prestaciones.
Supervisión y exigencias
Es esencial que los propietarios del vehículo exijan informes periódicos a la empresa de transporte sobre los pagos a la seguridad social y salarios de los conductores, ya que en caso de incumplimiento, también serán responsables.
Contrato de trabajo
La vinculación de los conductores debe ser siempre a través de un contrato de trabajo con la empresa de transporte, garantizando así todos sus derechos laborales.
Obligaciones de la empresa
Incluso si el conductor es el propietario del vehículo, la empresa de transporte debe cumplir con las obligaciones laborales y de seguridad social correspondientes.
En resumen
Es necesario seguir las normativas establecidas para garantizar la protección y derechos de los conductores de transporte público, independientemente de su condición de propietarios de vehículos.