El papel del oficial de cumplimiento en el Sagrilaft y el PTEE: requisitos y consideraciones importantes

Papel del Oficial de Cumplimiento del Sagrilaft y del PTEE

¿Es posible que una misma persona sea designada como oficial de cumplimiento del Sagrilaft y del PTEE? ¿Es necesario que el oficial de cumplimiento resida en Colombia? Tanto el oficial de cumplimiento del Sagrilaft como el del PTEE desempeñan un papel crucial en la gestión de riesgos de las entidades, abordando temas como el lavado de activos y la financiación del terrorismo. La Supersociedades ha proporcionado directrices al respecto, las cuales se presentan en este artículo.

Sagrilaft

El Sagrilaft es un sistema integral de autocontrol y gestión de riesgos relacionados con el lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. El oficial de cumplimiento es la persona encargada de auditar y verificar el cumplimiento del Sagrilaft, designada por la entidad correspondiente. La Circular 100-000016 de la Supersociedades establece que el oficial de cumplimiento debe participar activamente en los procesos de diseño, implementación, auditoría, verificación de cumplimiento y monitoreo del Sagrilaft. Esta función puede ser llevada a cabo por un tercero contratado por la entidad.

PTEE

Por otro lado, el PTEE es un documento que recoge la política de cumplimiento para detectar, prevenir, gestionar y mitigar los riesgos de corrupción y soborno transnacional. La Circular 100-000011 de agosto 9 de 2021 define las instrucciones para designar al oficial de cumplimiento del PTEE, cuya función es garantizar el cumplimiento efectivo del programa.

Andrés Jiménez, socio de KPMG Forensic en Colombia, ofrece información relevante sobre el papel del oficial de cumplimiento y su compromiso ético en un video. A continuación, se presentan los requisitos mínimos que debe cumplir el oficial de cumplimiento según la Circular 100-000016 de la Supersociedades. Es fundamental que el oficial de cumplimiento tenga experiencia en la administración del Sagrilaft, conocimientos en gestión de riesgos LAFT, capacidad de toma de decisiones y comunicación directa con la junta directiva. Además, debe contar con un equipo de trabajo adecuado y no tener conflictos de interés. La infografía adjunta destaca los aspectos a considerar al designar al oficial de cumplimiento del Sagrilaft.

Por otro lado, el oficial de cumplimiento del PTEE debe cumplir con requisitos similares, como capacidad de toma de decisiones, conocimientos en riesgos C/ST y apoyo de un equipo de trabajo. Es importante que el oficial de cumplimiento esté domiciliado en Colombia para garantizar su especialización en las operaciones de la entidad obligada. La Supersociedades aclara que una misma persona puede desempeñar ambos roles, siempre y cuando cumpla con los requisitos de cada sistema.

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