Aspectos legales en la compra-venta de vehículos: ¿Qué formalidades son necesarias?

El contrato de compra de un vehículo

El contrato de compra de un vehículo no necesita seguir ningún procedimiento formal. En el momento en que se realiza la venta de un automóvil, la propiedad solo se transfiere cuando se entrega físicamente el vehículo y se registra el título correspondiente en el Registro Nacional de Vehículos Automotores.

Formalización del contrato de venta

En ocasiones, los vendedores desconocen si deben formalizar el contrato de venta de un vehículo de alguna manera específica, como elevarlo a escritura pública en una notaría, o si simplemente basta con el acuerdo entre las partes sobre el objeto y el precio para que sea válido.

Obligaciones del vendedor y comprador

Según el Código Civil y el Código de Comercio, la compra-venta es un acuerdo en el que ambas partes se comprometen a cumplir ciertas obligaciones. El vendedor se compromete a entregar la cosa vendida y garantizar su estado, mientras que el comprador se compromete a pagar el precio acordado.

Consensualidad del contrato de compra-venta

El contrato de compra-venta se considera consensual, ya que surge legalmente con el simple acuerdo entre las partes sobre los elementos esenciales (objeto y precio) establecidos por la ley. Sin embargo, hay casos excepcionales en los que el contrato de compra-venta se considera solemne, como en la venta de inmuebles.

Transmisión de la propiedad del vehículo

La venta de un vehículo automotor no requiere de formalidades específicas para ser válida, según la jurisprudencia de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia. La transmisión del dominio del vehículo se realiza a través de un contrato consensual, en el que el vendedor se compromete a transferir la propiedad al comprador.

Es importante destacar que la transferencia de la propiedad de un vehículo se realiza con la entrega física del automóvil y la inscripción del contrato en el Registro Nacional de Vehículos Automotores. Hasta que este trámite no se complete, el comprador no se convierte en propietario legal del vehículo.

Si un vehículo es embargado entre la venta y su inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Automotores, la ley permite al comprador o a un tercero de buena fe solicitar el levantamiento del embargo. La finalidad de esta disposición es proteger a los compradores que adquieren un vehículo de buena fe y que puedan resultar afectados por medidas cautelares tomadas después de la venta.

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